¿Qué es la Plusvalía Municipal
Es el llamado Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana establecido, en sus normas básicas, por la Ley de Haciendas Locales, de ámbito estatal.
¿Quién puede reclamar la devolución del importe de este impuesto?
Puede reclamar el sujeto pasivo del impuesto de plusvalía (normalmente, el vendedor de una vivienda) que haya pagado el impuesto, en los casos que a continuación se señalan:
¿En qué casos se puede reclamar la devolución?
- Si se liquidó el impuesto de plusvalía entre el día 26 de octubre 2021 y el 10 de noviembre del mismo año (fechas de las sentencias que anulan el impuesto), se puede reclamar el 100% de lo pagado.
- Si se inició ante el Ayuntamiento una reclamación en contra de la plusvalía liquidada antes del 26 de octubre de 2021 (y no se recibió respuesta, también se puede reclamar la devolución del 100% de lo pagado
- Si se han sufrido pérdidas en la transmisión de la vivienda (porque el precio de compra de esa vivienda ha sido mayor que el de la venta) y la transmisión se ha producido en los 4 años anteriores al 26 de octubre de 2021, también se puede reclamar el total de lo pagado.
- En caso de autoliquidación, es decir, si se ha abonado el impuesto de forma voluntaria al vender el inmueble el plazo es de 4 años.
- En caso de liquidación, si el pago se hizo por requerimiento del Ayuntamiento, tendrás 1 mes de plazo desde la notificación de la liquidación.
¿Qué documentos necesito para iniciar la reclamación?
- Escritura de compra o adquisición
- Escritura de venta o enajenación
- Liquidación o autoliquidación del Impuesto y carta de pago del mismo.
- Copia de la demanda y última resolución (sólo si hubieras interpuesto alguna reclamación administrativa o jurisdiccional).
Háznoslas llegar, estudiamos la viabilidad de la reclamación. Y si es viable, la iniciamos, primero frente al Ayuntamiento y posteriormente ante los Tribunales de lo Contencioso-Administrativo.
¿Y cuánto me va a costar todo esto?
¡De momento, cero! Solo cuando tú cobres, nos pagas el trabajo realizado según la Hoja de Encargo que te mandaremos.