Reclamar Tarjetas Revolving

los intereses abusivos de tus Tarjetas Revolving

Casos Ganados
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Media de devolución por reclamación
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¿Qué es una tarjeta revolving?

Durante muchos años, las entidades financieras, han comercializado un producto finaciero llamado Tarjeta Revolving cuya naturaleza es un contrato de crédito al consumo, con un límite y con una forma de disposición mediante un dispositivo tipo “tarjeta”. Su amortización se realiza con una cuota fija.

Dado que los intereses eran superiores a los normales de mercado (entre un 20 y 28%), las cuotas bajas sólo atendían al pago de intereses, de tal forma que apenas se amortizaba capital o incluso nada, de tal forma que se convertía en una deuda perpetua. Además, esta información carecía de la claridad suficiente para prestar un consentimiento informado.

¿A quien le afectan las tarjetas revolving?

A todos los consumidores, titulares de dichos contratos y tarjetas revolving ya que a partir de 2020 los bancos empiezan a recibir Sentencias declarando la nulidad de dichos contratos por intereses usurarios y por falta de transparencia.

¿Cómo saber si mi tarjeta es una Tarjeta Revolving?

La modalidad “revolving” no es de por sí causa de nulidad: lo es por el tipo de interés aplicado (cuando fuera notablemente superior al normal de mercado) y cuando haya sido suscrito el contrato con falta de transparencia.

Esta última es aplicable a casi todas, porque no se explicaba suficientemente la implicación que el alto tipo y la cuota podrían suponer para el consumidor.

¿Qué pasa si mi Tarjeta es Revolving?

Que -una vez que se haya dictado Sentencia a favor del cliente- el Banco ha de devolver todo lo que haya sido pagado por cliente y que exceda del capital prestado por todos los conceptos.

¿Y cuánto me cuesta reclamar las tarjetas revolving?

¡De momento, cero! Cuando tú cobres, nos pagas el trabajo realizado según la Hoja de Encargo que te mandaremos. Solo cobramos si ganas la reclamación. Déjanos tus datos y un abogado se pondrá en contacto contigo para reclamar tus tarjetas revolving de principio a fin.

Expertos en reclamaciones de Tarjetas Revolving

Especialización

Estamos especializados en reclamaciones bancarias de "tarjetas revolving".

Garantía De Éxito

El 99% de las reclamaciones han sido ganadas por los reclamantes de Tarjetas Revolving.

Sin Riesgo

No pagas nada, sólo si ganamos la reclamación de tus tarjetas Revolving.

Experiencia

Somos un equipo con más de 30 años ejerciendo la abogacía.

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Pasos de la reclamación

Te explicamos todos los pasos de forma sencilla.

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Contacto

Contacta con DMD y te asignaremos un abogado que llevara tu caso de principio a fin.

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Analizamos

Analizamos su caso y emitimos un informe de viabilidad de su reclamación gratuitamente.

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Reclamamos

Recabamos de la entidad la documentación completa y solicitamos la devolución de las cantidades indebidamente pagadas por el cliente. Llegamos a acuerdos con la entidad en vía amistosa o reclamamos judicialmente.

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Concluimos

Procedemos a abonarle las cantidades recibidas y liquidamos nuestros honorarios.

¿Tienes, o has tenido alguna de estas tarjetas revolving?

Si tienes, o has tenido una tarjeta revolving da igual de que banco o entidad financiera sea, desde DMD te ayudamos a reclamar los intereses abusivos sin que esto suponga ningún coste para ti.

Preguntas Frecuentes

La media de devolución oscila entre los 4.000-9.000 euros. El prestamista le devolverá todas las cantidades que excedan del capital dispuesto si se estima nuestra demanda. Es decir, si ha dispuesto de 1.000 euros, solo deberá abonar esta cantidad, pues el ordenamiento jurídico castiga al prestamista por su actuación engañosa y abusiva.

Dependerá del Juzgado donde se recaiga el procedimiento, de media 6-12 meses. DMD formula las demandas en la sede de las entidades demandadas, normalmente en Madrid, donde existen hasta 105 juzgados, lo que hace que se reduzca el tiempo de resolución.

En primer lugar es importante saber si hemos aplazado los pagos, ya que podemos tener una tarjeta revolving pero nunca haber aplazado un pago con intereses. Es posible que se haya aplazado el pago completo, o que nos hayamos puesto una cuota mínima a pagar. En ese supuesto, tenemos la certeza que tenemos una tarjeta cuya nulidad puede reclamarse. Es muy importante conocer la TAE que consta en el contrato, pues los bancos la modificaron tras las últimas sentencias del Tribunal Supremo y puede que la que consta en nuestro último recibo no sea la que se aplicó desde el comienzo.

Se recomienda no dejar de pagar la tarjeta, solo en aquellos supuestos en los que se tienen los cálculos del importe total dispuesto y el abonado. No afectará al procedimiento, si bien, hasta que no se declare la nulidad del contrato este desplegará sus efectos.

La respuesta es sencilla, solo devolverás al banco lo que has dispuesto, como si el dinero te lo hubiesen prestado gratis. Ello se debe a que nuestro ordenamiento jurídico castiga al prestamista con la máxima sanción, es decir, no cobrar nada por el servicio prestado.

Es bien sencillo. En primer lugar se debe obtener la documentación de la tarjeta, en especial el contrato y extracto de movimientos. Si no lo tiene, puede reclamar tanto en la oficina directamente como a través del Servicio de Atención al cliente la documentación. Si tiene algún recibo, se podrá reclamar la nulidad y la documentación igualmente.

Las deudas derivadas de una revolving se hacen perpétuas, el banco te asfixia, parece que nunca se reduce. Ello se debe al sistema revolving, en el que el usuario de la tarjeta puede llevarse años pagando exclusivamente intereses y nada de capital, al tener una cuota fija de bajo importe, lo que hace que siempre sigas debiendo lo mismo a persar de seguir pagando.

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Las tarjetas revolving son legales, el problema es que el banco se aprovechó de los clientes e impuso unos intereses desorvitados, todo ello sin explicar al usuario la carga económica y jurídica que suponia usarla (el funcionamiento de la modalidad revolving o la inclusión de comisiones abusivas). Esto ha sido castigado por la Justicia, la cual sanciona a los bancos por esta actuación. Los Juzgados y Trubunales de Justicia siguen a favor del consumidor/prestatario, por lo que si tiene una tarjeta anterior a 2020, es probable que contemple intereses usureros o que el contrato adolezca de falta de transparencia.

Es un circulo vicioso, ya que si se pone una cuota muy baja, puede que lo único que pague sean intereses y nunca amortice capital, lo que supone que esté atado a la misma de forma perpétua.